000 | 02520nab#a2200265#c#4500 | ||
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003 | IEF | ||
005 | 20180219161508.0 | ||
008 | 091113s2009 ESP|| #####0 b|SPA|u | ||
040 | _aIEF | ||
041 | _aSPA | ||
100 | 1 |
_aAguallo Avilés, Ángel _933851 |
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245 |
_aEstudio de las infracciones tributarias previstas en los Artículos 191 y192 de la Ley General Tributaria _c Ángel Aguallo Avilés, Esther Bueno Gallardo |
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260 | _c2009 | ||
500 | _aResumen. Conclusión. | ||
650 | 4 |
_aINFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS _947813 |
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650 | 4 |
_aLEY GENERAL TRIBUTARIA _947616 |
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650 | 4 |
_aESPAÑA _941092 |
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650 | 4 |
_aCOMENTARIOS _937885 |
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520 | _aDe entre las infracciones tributarias que causan un perjuicio económico directo para larecaudación, se abordan en el presente trabajo los dos tipos infractores entre los que existeuna mayor similitud, a saber: las infracciones de los artículos. 191 y 192 de la Ley GeneralTributaria (LGT). En relación con ambos preceptos son objeto de un examen minucioso enestas páginas -y de las consiguientes observaciones críticas- los tipos infractores que en ellos se recogen, los criterios de calificación de las infracciones, las sanciones que lleva aparejada su comisión y los criterios de graduación de las sanciones que lesresultan aplicables. Se estudian asimismo en profundidad los supuestos de concurrencia de las conductas tipificadas en los arts. 191 y 192 LGT y de otros comportamientos que, de acuerdo con la LGT, también constituyen infracción tributaria; en particular, las infracciones tributarias por obtener indebidamente devoluciones (art. 193 LGT), por determinar o acreditar mprocedentementepartidas positivas o negativas o créditos tributarios aparentes (art. 195.1, párrafo 1º, LGT),por incumplir las obligaciones contables y registrales (art. 200 LGT) o, en fin, por no observar las obligaciones de facturación o documentación legalmente y reglamentariamente establecidas (art. 201 LGT). Finalmente, son objeto también deun análisis detenido las consecuencias que se derivan, a tenor de los arts. 179.3, 27 y 191.6 LGT, de la regularización por el sujeto pasivode su situación tributaria, ya tenga ésta carácter total o parcial y ya se lleve a efecto .en el caso de la infracción del art. 191 LGT- mediando o no la .autodenuncia. del obligado tributario. | ||
700 | 1 |
_aBueno Gallardo, Esther _955369 |
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773 | 0 |
_tCrónica Tributaria _w239 _gn. 132, 2009, p. 9-62 |
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942 | _cART | ||
942 | _z128862 | ||
999 |
_c65294 _d65294 |