000 02757nab a2200253 c 4500
999 _c150826
_d150826
003 ES-MaIEF
005 20250619141756.0
007 ta
008 250619t2025 sp ||||o |||| 00| 0 spa d
040 _cES-MaIEF
100 _aSánchez García, José Antonio
_965750
245 1 4 _aLas limitaciones al uso del Real Decreto-Ley en materia tributaria
_helectrónico
_b los efectos de su declaración de inconstitucionalidad y la posible impugnación de las leyes de acogimiento posteriores
_c José Antonio Sánchez García
504 _aBibliografía
520 _aAunque la sentencia del Tribunal Constitucional 11/2024, de 18 de enero de 2024, declaró inconstitucional y nulo, con efectos limitados, el Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por exceder del límite material del artículo 86.1 de la Constitución, por afectar a derechos y libertades fundamentales, terreno vedado al Real Decreto-Ley, sin embargo, quedó abierta la cuestión de la posible vulneración de otros principios o derechos, como la irretroactividad de la norma, o la afectación de la capacidad económica y del principio de igualdad. Esta sentencia limitada del Tribunal Constitucional ha permitido la vuelta sobre la cuestión de fondo regulada por el Real Decreto-Ley 2/2016, posteriormente convalidado e incorporada su regulación por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que recogió lo establecido en dicho Real Decreto-Ley. Ello ha permitido la interposición de diversas cuestiones de inconstitucionalidad de esta Ley 6/2018, por varios tribunales. La disposición establecida en esta Ley 6/2018 implantaba un pago fraccionado mínimo e incrementado en el Impuesto sobre Sociedades sólo para determinadas entidades, lo que podía afectar a principios y derechos fundamentales relacionados con la capacidad económica, la retroactividad de las normas, el principio de igualdad y el deber de contribuir del artículo 31 de la Constitución. El abuso del Real Decreto-Ley, sobre todo en materia tributaria, se controla normalmente con los requisitos del artículo 86.1 de la Constitución, pero quedan abiertos otros motivos o argumentos que pueden usarse cuando aquel óbice se supera por la incorporación de las disposiciones del Real Decreto-Ley en una Ley posterior.
650 4 _948119
_aPRINCIPIO DE CAPACIDAD ECONOMICA
650 4 _948120
_aPRINCIPIO DE IGUALDAD
650 4 _945680
_aIMPUESTO DE SOCIEDADES
650 4 _947930
_aPAGOS FRACCIONADOS
650 0 _970428
_aNORMAS TRIBUTARIAS
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_aRETROACTIVIDAD DE LAS LEYES
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_aINCONSTITUCIONALIDAD
773 0 _9173563
_oOP 17/2025/7
_tRevista Quincena Fiscal
_w(IEF)90030
_x 1132-8576
_g n. 7, abril de 2025
942 _cART