000 02240nab a2200241 c 4500
999 _c149201
_d149201
003 ES-MaIEF
005 20240410124018.0
007 ta
008 240408s2024 sp ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
100 _92991
_aJabalera Rodríguez, Antonia
245 1 0 _aIngresos procedentes de la lucha contra la evasión fiscal y autonomía financiera regional
_ba propósito de la Sentencia de la «Corte Costituzionale» núm. 206/2023, de 24 de octubre
_c Antonia Jabalera Rodríguez
520 _aEn el ordenamiento tributario italiano se reconoce a los contribuyentes la posibilidad de regularizar de manera voluntaria sus obligaciones tributarias con sanciones reducidas acogiéndose para ello al denominado «ravvedimento operoso», que opera como un supuesto de atenuación o reducción de la sanción por arrepentimiento voluntario. Desde el año 2015 se admite la posibilidad de que el obligado tributario pueda regularizar voluntariamente su obligación tributaria aun cuando se haya iniciado un procedimiento de comprobación e investigación referido a dicho concepto tributario. La principal cuestión a dilucidar en la Sentencia de la «Corte Costituzionale» objeto de este comentario reside en la determinación del titular competencial para decidir acerca de los ingresos procedentes de las regularizaciones voluntarias no espontáneas, sino motivadas por actuaciones de control llevadas a cabo por la Administración tributaria en el marco de su actuación en la lucha contra la evasión fiscal en relación al Impuesto Regional sobre las Actividades Productivas (IRAP) y el recargo regional sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPEF), que son impuestos regionales propios derivados (equivalentes, en cierta medida, a nuestros impuestos cedidos).
650 4 _947378
_aINGRESOS FISCALES
650 4 _944029
_aEVASION FISCAL
650 4 _948240
_aREGULARIZACIONES FISCALES
650 4 _942651
_aDEUDA TRIBUTARIA
650 4 _948220
_aREDUCCION
650 4 _932229
_aAUTONOMIA TRIBUTARIA
650 4 _aITALIA
_947518
773 0 _9171501
_oOP 9/2024/201
_tRevista Española de Derecho Financiero
_w(IEF)21107
_x 0210-8453
_g n. 201, enero-marzo 2024, p. 197-216
942 _cART