000 02265nab a2200241 c 4500
999 _c149114
_d149114
003 ES-MaIEF
005 20240314115955.0
007 ta
008 240313t2023 sp ||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
100 1 _961940
_aFernández de Buján y Arranz, Antonio
245 0 _aPetición de decisión prejudicial al TJUE a propósito de la ultimación del régimen especial de "zona franca" (AS. C-376-23)
_c Antonio Fernández de Buján y Arranz
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aEl objeto del procedimiento principal es un recurso de anulación de la resolución de la Administración tributaria del Estado Letona (en lo sucesivo, «VID») por la que se impuso a la sociedad de responsabilidad limitada demandante, BALTIC CONTAINER TERMINAL, la obligación de abonar derechos de importación y el impuesto sobre el valor añadido, así como el correspondiente recargo de demora. En concreto, Tribunal Supremo de Letonia alberga dudas acerca de si el hecho de que el VID exija que se indique en el sistema de registro de la demandante el número de referencia maestro (en lo sucesivo, «MRN») de la declaración en aduana para acreditar el cambio de estatuto aduanero de las mercancías está justificado y es conforme a Derecho. Desea aclarar si el régimen especial de «zona franca» puede ultimarse sin incluir el MRN en el sistema del registro, y si el titular del régimen puede ultimarlo sobre la base de una anotación relativa al estatuto aduanero de las mercancías efectuada por un funcionario de la autoridad aduanera en el documento de transporte de las mercancías (CMR), sin comprobar por sí mismo la validez de la aplicación del estatuto aduanero a las mercancías. En caso de respuesta negativa, el Tribunal Supremo de Letonia desea saber cuál es el alcance de la comprobación que la demandante debería haber efectuado.
650 4 _aZONAS FRANCAS
_948714
650 4 _aDERECHO ADUANERO
_941910
650 4 _aTRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
_948611
650 4 _aUNION EUROPEA
_971533
650 4 _aJURISPRUDENCIA
_947570
773 0 _9171328
_oOP 39/2023/4
_tNueva fiscalidad
_w(IEF)93874
_x 1696-0173
_g n. 4, Octubre-Diciembre 2023, p. 315-324
942 _cART