000 02184aam a2200253 c 4500
999 _c145662
_d145662
003 ES-MaIEF
005 20220419134115.0
007 ta
008 220419t2021 sp ||||| |||| 00| 0 spa d
017 _aV-3551-2021
020 _a978-84-1113-261-9
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
100 _aRamos Herrera, Antonio José
_969669
245 4 _aLos requisitos formales en el ejercicio del derecho a la deducción del IVA
_c Antonio José Ramos Herrera
260 _aValencia
_bTirant Lo Blanch
_c2021
300 _a300 p.
_c23 cm
490 _aTirant tributario. Temática
504 _aBibliografía.
520 _aLa presente obra analiza y reflexiona sobre los requisitos formales en el ejercicio del derecho a la deducción del IVA teniendo en cuenta las últimas reformas aprobadas al respecto, puesto que el derecho de los sujetos pasivos a deducir del IVA del que son deudores, el IVA soportado por los bienes adquiridos y los servicios recibidos, constituye un principio fundamental del sistema común de este Impuesto tal y como establece la legislación comunitaria, al ser parte integrante de su mecanismo, motivo por el cual en principio, no puede limitarse, puesto que tiene como finalidad liberar completamente al empresario del peso del IVA, devengado o ingresado, en el marco de sus actividades económicas, para garantizar la perfecta neutralidad con respecto a la carga fiscal de todas las actividades económicas, cualesquiera que sean los fines o los resultados de las mismas, a condición de que dichas actividades estén a su vez sujetas a este Impuesto. De este modo, dado que el derecho a la deducción es de carácter sustancial, y tiene innegable trascendencia e importancia en el sistema aplicativo del IVA, una simple obligación formal, por muy justificada que la misma pueda estar para facilitar el correcto funcionamiento administrativo, no puede conllevar la pérdida del derecho a deducir, ya que ello constituye una cuestión esencial a la hora de salvaguardar la necesaria neutralidad del Impuesto.
650 4 _950141
_aIMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
650 4 _941769
_aDEDUCCIONES
650 _aESPAÑA
_941092
942 _cLIB