000 01853nab a2200277 c 4500
999 _c145074
_d145074
003 ES-MaIEF
005 20220720093736.0
007 ta
008 211124t2021 sp ||||oo|||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
_beng
100 1 _aGarcía Moreno, Vicente Alberto
_98110
245 1 _a¿Qué esperar tras las conclusiones del Abogado General en relación con la obligación de declarar bienes del extranjero del Modelo 720?
_helectrónico
_bConclusiones del Abogado General presentadas el 15 de julio de 2021 (Asunto C-788/19, Comisión Europea contra Reino de España)
_c V. Alberto García Moreno
260 _c2021
500 _aDisponible únicamente en formato electrónico.
500 _aResumen.
520 _aEl Abogado General que, mediante el escrito de conclusiones, da a conocer su opinión sobre los conflictos jurídicos y, en gran medida, anticipa el contenido del fallo que dictará el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha considerado, en relación con el Modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero, que podrá ser contrario al Derecho comunitario únicamente en relación con las cuentas nuevas, que son las que se hubieran abierto después de la entrada en vigor de la Directiva 2011/16/UE. Lo que se extendería también a la sanción del 150 %. En relación con las sanciones por las infracciones formales, se consideran, en todo caso, desproporcion.
650 4 _aBIENES EN EL EXTRANJERO
_968662
650 4 _aDECLARACIONES TRIBUTARIAS
_941766
650 4 _aESPAÑA
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650 4 _aTRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
_948611
650 4 _aJURISPRUDENCIA
_947570
650 4 _aUNION EUROPEA
_948644
773 0 _9166139
_oOP 27-A/2021/80
_tCarta Tributaria : Revista de Opinión
_w(IEF)67807
_x 2443-9843 [papel]
_gn. 80, Noviembre 2021
942 _cART