000 02190nab a2200289 c 4500
999 _c144980
_d144980
003 ES-MaIEF
005 20211110135929.0
007 ta
008 211110t2021 sp ||||oo|||| 00| 0|eng d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
_beng
100 _955585
_aHermosín Álvarez, Montserrat
245 0 _aPermanent establishment
_helectrónico
_bthe crisis of the article 5 OECD MC in the digital economy
_c Montserrat Hermosín Álvarez
246 _aEl establecimiento permanente: la crisis del Artículo 5 MC OCDE en la economía digital
260 _c2021
500 _aDisponible únicamente en formato electrónico.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aEl auge de la economía digital desvinculada de los modelos de negocios que requieren de presencia física para el desarrollo de la actividad empresarial, ha desbancado el tradicional concepto de establecimiento permanente contenido en el artículo 5 OECD MC. Ante los vacíos que plantea el mencionado precepto, las grandes multinacionales han incurrido en prácticas abusivas para la deslocalización de beneficios sin contribuir en consonancia con su capacidad económica en los Estados donde las rentas se generan. En el presente trabajo se analiza la institución del establecimiento permanente, contenida en el art. 5 OECD MC y su tipología tras las modificaciones realizadas por el Proyecto BEPS, así como los diferentes supuestos que no constituyen un establecimiento permanente. Nos planteamos si su régimen jurídico sigue teniendo virtualidad práctica en el contexto actual o, por el contrario, habría llegado el momento de su absoluta superación debido a la problemática generada por el actual artículo 5 OECD MC incapaz de dar respuesta a los retos que plantea la economía digital.
650 4 _aESTABLECIMIENTO PERMANENTE
_942622
650 4 _aMODELO DE CONVENIO OCDE
_967760
650 7 _aECONOMÍA DIGITAL
_966104
650 4 _aFISCALIDAD INTERNACIONAL
_944303
773 0 _9166102
_oCT/2021/180
_tCrónica Tributaria
_w(IEF)239
_x 0210-2919
_gn. 180, 3/2021, p. 97-131
856 _uhttps://www.ief.es/vdocs/publicaciones/1/180/4.pdf
942 _cRE