000 01917nab a2200265 c 4500
999 _c144864
_d144864
003 ES-MaIEF
005 20220715130316.0
007 ta
008 211015t2021 sp ||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
100 1 _aMárquez Sillero, Carmen
_931593
245 4 _aLas retribuciones de los administradores sociales
_b¿gastos fiscalmente deducibles en el Impuesto de Sociedades? : (comentario a la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 17 de julio de 2020)
_cCarmen Márquez Sillero, Antonio Márquez Márquez
260 _c2021
500 _aDisponible también en formato electrónico.
500 _aResumen.
520 _aEl TEAC viene denegando la deducibilidad fiscal de las retribuciones de los administradores, cuando no constan o se declaran gratuitas en los estatutos sociales, con fundamento en la trasnochada teoría del vínculo y en una interpretación e integración interesada de los artículos 14.1.e) y 15.1.e) de las respectivas Leyes del Impuesto sobre Sociedades. En el presente comentario se intenta probar lo erróneo de este criterio, al considerar la conexión en un supuesto de hecho, de posibles relaciones jurídicas mercantiles, laborales y tributarias de distinto contenido y efectos específicos de cada una de ellas; la ausencia de lagunas que permitan la integración y la improcedencia de la teoría mercantil del vínculo en el ordenamiento tributario por la especialidad de este frente al común mercantil.
650 4 _aADMINISTRADORES DE SOCIEDADES
_97000
650 4 _aSALARIOS
_948349
650 4 _aIMPUESTO DE SOCIEDADES
_945680
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650 4 _aESPAÑA
_941092
700 _aMárquez y Márquez, Antonio
_927929
773 0 _9165922
_oOP 27-A/2021/77/78
_tCarta Tributaria : Revista de Opinión
_w(IEF)67807
_x 2443-9843 [papel]
_gn. 77-78. Agosto - Septiembre 2021, p. 30-42
942 _cART