000 02192nab a2200277 c 4500
999 _c142827
_d142827
003 ES-MaIEF
005 20220720095710.0
007 ta
008 200925t2020 sp ||||oo|||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-ES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _aMonzó Blasco, José María
_965539
245 1 3 _aLa aplicación de la exención del artículo 21.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades a proyectos en los que no se ha iniciado la actividad
_hElectrónico
_c José María Monzó Blasco
260 _c2020
500 _aDisponible únicamente en formato electrónico.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aLa exención generalizada sobre dividendos y plusvalías derivadas de determinadas participaciones significativas (art. 21 LIS) es uno de los cambios más novedosos de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, vigente desde el 1 de enero de 2015. Por ello, es uno de los preceptos que más dudas viene planteando en su aplicación, entre las que se encuentra el impacto que ha tenido su remisión al novedoso art. 5 de la LIS a la hora de fijar el momento a partir del cual la sociedad participada no es una «entidad patrimonial» y por ello el beneficio generado con su transmisión goza de la citada exención. Existen respuestas a consultas de la Dirección General de Tributos que resuelven la cuestión y su comparación con las relativas al artículo 21 del TRLIS, vigente hasta 31 de diciembre de 2014, supone un cambio que anticipa en el tiempo el momento de la posible transmisión de proyectos de inversión de nueva planta (supuesto muy común en plantas de producción de energías renovables), con importantes consecuencias económicas, muy especialmente sobre la rentabilidad de las inversiones de capital-riesgo en sectores tecnológicamente complejos.
650 4 _945680
_aIMPUESTO DE SOCIEDADES
650 4 _944038
_aEXENCIONES TRIBUTARIAS
650 4 _943879
_aINVERSIONES EMPRESARIALES
650 4 _aENERGÍAS RENOVABLES
_950788
650 4 _aESPAÑA
_941092
773 0 _9162996
_oOP 27-A/2020/62
_tCarta Tributaria : Revista de Opinión
_w(IEF)67807
_x 2443-9843 [papel]
_gn. 62, Mayo 2020
942 _cRE