000 01852nab a2200253 c 4500
999 _c142341
_d142341
003 ES-MaIEF
005 20220719120351.0
007 ta
008 200814t2020 sp ||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _aRovira Ferrer, Irene
_956786
245 0 _aConsecuencias de la incompetencia de los TEA para plantear cuestiones prejudiciales
_c Irene Rovira Ferrer
246 _aConsequences of the incompetence of the Spanish Economic-Administrative Courts to present preliminary rulings
260 _c2020
500 _aDisponible en formato electrónico.
500 _aResumen.
520 _aA través de la Sentencia de 21 de enero de 2020, Banco de Santander, SA, C-274/14, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea inadmitió la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Económico-Administrativo Central mediante la Resolución de 2 de abril de 2014, al considerar que ni el mismo ni los demás Tribunales Económico-Administrativos pueden ser competentes para ello al no tener la consideración de órganos judiciales a los efectos del precepto que regula dicha posibilidad (el art. 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea). En consecuencia, y tras clarificar los aspectos esenciales de la doctrina sentada por el TJUE, el objetivo principal del presente trabajo es determinar y analizar las principales consecuencias que plantea dicha Sentencia en nuestro ordenamiento jurídico interno, que ha llegado a reabrir el debate sobre la conveniencia de la propia existencia de tales Tribunales.
650 4 _948616
_aTRIBUNALES ECONOMICO ADMINISTRATIVOS
650 4 _941660
_aCUESTIONES PREJUDICIALES
650 _aESPAÑA
_942842
773 0 _9162695
_oOP 17/2020/11
_tRevista Quincena Fiscal
_w(IEF)90030
_x 1132-8576
_gn. 11, Junio 2020, p. 143-162
942 _cART