000 02261nab a2200289 c 4500
999 _c141914
_d141914
003 ES-MaIEF
005 20221114180849.0
007 ta
008 200224s2020 spa||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _aPablos Mateos, Fátima
_964470
245 3 _aLa neutralidad fiscal en el IVA a la luz del Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
_c Fátima Pablos Mateos
246 2 1 _aTax neutrality in VAT in the light of Article 47 of the Charter of Fundamental Rights of the European Union
260 _c2020
500 _aDisponible también en formato electrónico.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aResulta evidente la complejidad de la relación jurídico-tributaria al analizar las consecuencias jurídicas que de las mismas pueden derivar para terceros o extraños. Tal es el caso, por ejemplo, cuando un obligado tributario es objeto de un procedimiento de comprobación e inspección y la Administración, tras la tramitación del procedimiento, concluye que se ha realizado una repercusión indebida de las cuotas del IVA, esta situación, como se advertía, va a tener consecuencias en un tercero extraño al procedimiento; el destinatario del IVA, al que se le regularizará el IVA soportado y deducido. Ante tal situación, el marco teórico que ofrece el estudio del principio de tutela judicial efectiva, recogido en el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, su conexión con el principio de efectividad y la relevancia del principio de neutralidad fiscal nos servirá para evidenciar las consecuencias jurídicas desfavorables que tal proceder tiene para el destinatario de las cuotas del IVA, llegando a la conclusión que garantizar la legitimación del destinario del IVA podría presentarse como una solución a la problemática planteada.
650 4 _950141
_aIMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
650 4 _948638
_aTUTELA
650 4 _947832
_aNEUTRALIDAD
650 4 _959622
_aPRINCIPIO DE EFECTIVIDAD
650 _aUNION EUROPEA
_941092
773 0 _9162029
_oOP 17/2020/3
_tRevista Quincena Fiscal
_w(IEF)90030
_x 1132-8576
_g n. 3, Febrero 2020, p. 37-76
942 _cART