000 02685nab a2200265 c 4500
999 _c141453
_d141453
003 ES-MaIEF
005 20191128133154.0
007 ta
008 191128t2019 sp ||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
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_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _964150
_aMiras Marín, Norberto
245 3 _aEl eterno debate sobre los efectos de la titularidad de la certificación de baja de la devolución por reventa y exportación en el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
_cNorberto Miras Marín
260 _c2019
500 _aDisponible también en formato electrónico.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aEste estudio analiza la exigencia de la titularidad a nombre del solicitante en la presentación del certificado de baja del vehículo en el Registro de las Jefaturas de Tráfico, establecido por la normativa de la Ley 38/1992 de Impuesto Especiales, y en sede de la devolución del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte a empresarios revendedores-exportadores.Dicha normativa no indica si la baja debe figurar a nombre del empresario revendedor. Esta incertidumbre ha creado dos criterios de interpretación de la norma: para el Tribunal Económico-Administrativo Central y la Dirección General de Tributos que el certificado de baja conste a nombre del revendedor es esencial, porque acredita la propiedad que, a su vez, permite efectuar la «venta en firme»; de otro lado, para diversos Tribunales Superiores de Justicia, la norma exige el certificado de baja del vehículo, pero no que figure a nombre del empresario revendedor, pues su derecho de propiedad puede no estar registrado y su legitimación para pedir la devolución del impuesto es consecuencia de haber efectuado en firme la reventa del vehículo y su envío fuera del territorio de aplicación del impuesto.El objetivo de este estudio será ofrecer una solución razonada a la cuestión interpretativa, porque es un supuesto que se da con frecuencia en la práctica, dado que es costumbre en el sector de exportadores de vehículos que los empresarios revendedores no tengan dicha certificación a su nombre, sino que, directamente, con la certificación de la baja en el registro de tráfico del primer vendedor realicen la reventa en el extranjero.
650 4 _950001
_aIMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE
650 4 _942656
_aDEVOLUCION DE INGRESOS INDEBIDOS
650 4 _944071
_aEXPORTACION
650 4 _aESPAÑA
_941092
773 0 _9161383
_oOP 27-A/2019/56
_tCarta Tributaria : Revista de Opinión
_w(IEF)67807
_x 2443-9843 [papel]
_g n. 56, Noviembre 2019, p. 60-68
942 _cART