000 03118nab a2200349 c 4500
999 _c141175
_d141175
003 ES-MaIEF
005 20221007165204.0
007 ta
008 190926s2019 sp ||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _aJuan Casadevall, Jordi de
_952679
245 1 3 _aLa codificación de la cláusula antiabuso en el derecho de la Unión
_c Jorge De Juan Casadevall
246 2 1 _aThe anti-avoidance clause's codification under the European Union law
260 _c2019
500 _aDisponible en formato electrónico.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aLa nueva Directiva antielusión fiscal (ATAD), lejos de aportar elementos novedosos en la configuración de la GAAR comunitaria, se limita a codificar un principio general de prohibición de prácticas abusivas que ya había sido decantado por la jurisprudencia comunitaria. Desde esta perspectiva, el artículo 6 de la Directiva debe leerse como un precipitado normativo en el que se vuelcan los diferentes ingredientes que la han moldeado, y que poseen extraordinario valor hermenéutico en la determinación de su alcance y significación. La cláusula general antiabuso constituye hoy una categoría jurídica autónoma del Derecho de la Unión, cuya función armonizadora no pretende la desaparición de las técnicas y cláusulas antielusivas nacionales, pero sí la uniformización del concepto y efectos jurídicos en torno a una concepción omnicomprensiva de práctica abusiva, que se mueve básica, –aunque no exclusivamente–, en el ámbito de la tax avoidance. Un estadio de armonización normativa, y uniformidad aplicativa, que no se contrae a la esfera comunitaria, sino que se proyecta sobre situaciones jurídicas domésticas y con terceros países, con la correlativa tensión dialéctica de las cláusulas nacionales e internacionales, ahora sometidas al novedoso escrutinio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Para llegar a la tesis central expuesta en este trabajo, dividido en dos partes, se aborda el estudio de la sucesiva estratificación de la jurisprudencia comunitaria, las Directivas sectoriales, el soft law y los proyectos normativos frustrados, que han germinado en torno a ese concepto unitario de práctica abusiva hoy codificado por la Directiva antielusión fiscal. El artículo concluye con una reflexión crítica sobre el grado de compatibilidad de la cláusula antiabuso comunitaria y nuestra cláusula nacional sobre el conflicto en la aplicación de la norma.
650 4 _944029
_aEVASION FISCAL
650 4 _943410
_aELUSION FISCAL
650 4 _aEROSIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y TRASLADO DE BENEFICIOS
_963148
650 4 _941141
_aPREVENCIÓN
650 4 _aATAD
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_942805
773 0 _9161060
_oCT/2019/171
_tCrónica Tributaria
_w(IEF)239
_x 0210-2919
_g n. 171, 2019, p. 157-181
856 4 1 _uhttps://www.ief.es/vdocs/publicaciones/1/171.pdf#page=157
942 _cART