000 02960nab a2200325 c 4500
999 _c140755
_d140755
003 ES-MaIEF
005 20221007165203.0
007 ta
008 190618s2019 sp ||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _aJuan Casadevall, Jordi de
_952679
245 3 _aLa controvertida amortización del fondo de comercio financiero ( Art. 12.5 TRLIS )
_bla enconada conflictividad de un beneficio fiscal maldito (II) = The controversial amortization of the financial goodwill ( Article 12.5 TR LIS ) : the acrimonious conflict of a cursed tax benefit (II)
_c Jordi de Juan Casadevall
260 _c2019
500 _aDisponible también en formato electrónico en la Biblioteca del IEF.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aLa amortización fiscal del fondo de comercio financiero por la adquisición de participaciones de entidades no residentes fue objeto de un procedimiento comunitario por ayuda ilegal que concluyó con sendas Decisiones de la Comisión Europea relativas a adquisiciones comunitarias, extracomunitarias y a las llamadas participaciones indirectas. La Disposición transitoria Decimocuarta de la ley vigente Ley 27/2014, reguladora del Impuesto sobre Sociedades acoge en su seno el régimen transitorio actualmente existente producto de la confianza legítima apreciada por la Comisión Europea. La enconada controversia fiscal suscitada en torno a este beneficio fiscal se ha reproducido ante la justicia comunitaria, y ha dado lugar a pronunciamientos contradictorios en su dos instancias: primero del Tribunal General anulando la Primera Decisión y la Segunda Decisión, luego del TJUE casando la sentencia y devolviendo la jurisdicción a la instancia para pronunciarse sobre el fondo del asunto y, finalmente, del Tribunal General confirmando ambas Decisiones sobre la base del parámetro interpretativo suministrado por sentencia del TJUE. Mientras tanto, la resolución sobre la Tercera Decisión sigue abierta y pendiente de resolución. Este trabajo, estructurado en dos partes, aborda la secuencia histórica de una compleja controversia fiscal, y censura, como tesis de fondo, la desmesurada interpretación extensiva del requisito de la selectividad por la justicia comunitaria, que convierte el régimen de ayudas de Estado en un fabuloso instrumento de armonización negativa de los incentivos fiscales generales de los Estados miembros.
650 4 _964080
_aFONDO DE COMERCIO FINANCIERO
650 4 _947381
_aIMPUESTOS
650 4 _aDEDUCCIONES
_945680
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_925733
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_932236
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650 4 _aTRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
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_947570
773 0 _9160469
_oOP 17/2019/9
_tRevista Quincena Fiscal
_w(IEF)90030
_x 1132-8576
_g n. 9, Mayo 2019, p. 97-123
942 _cART