000 02159nab a2200289 c 4500
999 _c140714
_d140714
003 ES-MaIEF
005 20220715130313.0
007 ta
008 190606s2019 spa||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _aMárquez Sillero, Carmen
_931593
245 0 _aSeparación orgánica y conexión identitaria finalista y funcional de las actuaciones de las oficinas de gestión e inspección tributarias en la aplicación de los tributos
_bcomentario a la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid (TEARM), de 27 de septiembre de 2018
_c Carmen Márquez Sillero, Antonio Márquez Márquez
260 _c2019
500 _aDisponible también en formato electrónico en la Biblioteca del IEF.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aEn el ejercicio de las delimitadas competencias orgánicas de los Servicios de Gestión e Inspección tributarias, con olvido y dejación de sus identitarias funciones finalista y funcional, se vienen produciendo, en algunos casos, grandes distorsiones en la aplicación de los tributos, que inciden gravemente en los derechos y garantías, en la justicia tributaria y, en el orden sancionador, en la presunción de inocencia y el derecho de defensa de los contribuyentes. Este Comentario de la Resolución del Tribunal Económico—Administrativo Regional de Madrid, sobre las ideas y fundamentos jurídicos de la propia resolución, trata de exponer y aclarar lo que tradicionalmente ha venido siendo y se ha venido practicando, con propuesta sobre lo que debería ser y practicar, en la necesaria, posible y obligatoria conexión gestión—inspección tributarias en la aplicación de los tributos del sistema fiscal.
650 4 _944973
_aGESTION TRIBUTARIA
650 4 _941016
_aINSPECCION TRIBUTARIA
650 4 _948610
_aIMPUESTOS
650 4 _aAPLICACION
_927355
650 _aESPAÑA
_941092
700 _aMárquez y Márquez, Antonio
_927929
773 0 _9160480
_oOP 27-A/2019/51
_tCarta Tributaria : Revista de Opinión
_w(IEF)67807
_x 2443-9843 [papel]
_g n. 51, Junio 2019, p. 47-54
942 _cART