000 03053nab a2200337 c 4500
999 _c140604
_d140604
003 ES-MaIEF
005 20221007165203.0
007 ta
008 190516t2019 sp ||||| |||| 00| 0|spa d
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _aJuan Casadevall, Jordi de
_952679
245 _aLa codificación de la cláusula antiabuso de la Unión (I)
_c Jorge De Juan Casadevall
246 4 _aThe anti-avoidance clause's codification under the European Union Law (I)
260 _c2019
500 _aDisponible también en formato electrónico.
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aLa nueva Directiva antielusión fiscal (ATAD), lejos de aportar elementos novedosos en la configuración de la GAAR comunitaria, se limita a codificar un principio general de prohibición de prácticas abusivas que ya había sido decantado por la jurisprudencia comunitaria. Desde esta perspectiva, el art. 6 de la Directiva debe leerse como un precipitado normativo en el que se vuelcan los diferentes ingredientes que la han moldeado, y que poseen extraordinario valor hermenéutico en la determinación de su alcance y significación. La cláusula general antiabuso constituye hoy una categoría jurídica autónoma del Derecho de la Unión, cuya función armonizadora no pretende la desaparición de las técnicas y cláusulas antielusivas nacionales, pero sí la uniformización del concepto y efectos jurídicos en torno a una concepción omnicomprensiva de práctica abusiva, que se mueve básica, –aunque no exclusivamente–, en el ámbito de la tax avoidance. Un estadio de armonización normativa, y uniformidad aplicativa, que no se contrae a la esfera comunitaria, sino que se proyecta sobre situaciones jurídicas domésticas y con terceros países, con la correlativa tensión dialéctica de las cláusulas nacionales e internacionales, ahora sometidas al novedoso escrutinio del TJUE. Para llegar a la tesis central expuesta, en este trabajo, dividido en dos partes, se aborda el estudio de la sucesiva estratificación de la jurisprudencia comunitaria, las Directivas sectoriales, el soft law y los proyectos normativos frustrados, que han germinado en torno a ese concepto unitario de práctica abusiva hoy codificado por la Directiva antielusión fiscal. El artículo concluye con una reflexión crítica sobre el grado de compatibilidad de la cláusula antiabuso comunitaria y nuestra cláusula nacional sobre el conflicto en la aplicación de la norma.
650 4 _944029
_aEVASION FISCAL
650 4 _963148
_aEROSIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y TRASLADO DE BENEFICIOS
650 4 _954712
_aPREVENCIÓN
650 4 _aUNION EUROPEA
_948644
650 4 _927355
_aAPLICACION
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_aESPAÑA
650 4 _943410
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_aLEGISLACION COMUNITARIA
773 0 _9160313
_oCT/2019/170
_tCrónica Tributaria
_w(IEF)239
_x 0210-2919
_g n. 170/2019, p. 69-108
856 _uhttp://www.ief.es/Destacados/publicaciones/revistas/CT.vbhtml
942 _cART