000 02667nab a2200313 c 4500
999 _c138058
_d138058
003 ES-MaIEF
005 20200207123240.0
007 t|
008 180517s2018 sp ||||| |||| 00| 0|spa |
040 _aES-MaIEF
_bspa
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 1 _950097
_aCrespo Garrido, María
245 _aCompetencia fiscal perjudicial y determinación del establecimiento permanente
_baspectos determinantes para la aplicación de la Acción 7 BEPS en el momento de negociación del Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversión (TTIP) con EE.UU
_c María Crespo Garrido
246 _aPerjudicial fiscal competition and determination of the permanent establishment : determinants for the implemetation of the Action 7 BEPS while the negotiation of the Transatlantic Trade and Investment Partnership (TTIP) with U.E.
260 _c2018
500 _aResumen.
504 _aBibliografía.
520 _aLa aplicación del artículo 5 del Modelo de Convenio OCDE sobre la determinación del establecimiento permanente como lugar fijo de negocios, mediante el cual una empresa realiza toda o parte de su actividad, no es tarea fácil de aplicar, especialmente en el caso de empresas multinacionales. Los criterios de «sede de dirección efectiva» o «lugar de negocios» no pueden considerarse como exclusivos para la calificación de las sedes de dirección, sucursales, oficinas, fábricas, talleres o minas, como establecimientos permanentes, sin perjuicio de lo dispuesto en los Convenios de Doble Imposición suscritos por los correspondientes países. El análisis de la Acción 7 BEPS relativa a la definición del establecimiento permanente, junto con la aplicación de la Acción 5, que pretenden poner de manifiesto cuáles son las prácticas perjudiciales, pueden dar una idea de cuál es la definición del establecimiento permanente para que no sea objeto de una planificación fiscal perjudicial. Algunos de los principios básicos para evitar la aplicación de regímenes preferenciales que permitan la erosión de las bases imponibles son: coherencia, sustancia y transparencia, y todos ellos rigen en cada una de las Acciones BEPS aplicadas.
650 4 _932211
_aGRUPOS DE EMPRESAS
650 4 _942622
_aESTABLECIMIENTO PERMANENTE
650 4 _940318
_aCOMPETENCIA FISCAL NOCIVA
650 4 _963148
_aEROSIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y TRASLADO DE BENEFICIOS
650 4 _954712
_aPREVENCIÓN
650 4 _927355
_aAPLICACION
650 4 _96729
_aACUERDOS COMERCIALES
650 4 _943410
_aELUSION FISCAL
773 0 _9156285
_oCT/2018/166
_tCrónica Tributaria
_w(IEF)239
_x 0210-2919
_g n. 166/2018, p. 39-70
942 _2udc
_cART