000 02084nab a2200265 4500
003 ES-MaIEF
005 20180312155600.0
007 ta
008 020710s2017 sp || s sp spa
040 _aES-MaIEF
_cES-MaIEF
041 _aspa
100 _aAlguacil Marí, Pilar
_9554
245 3 _aLa aplicación del principio de capacidad económica a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades
_c María Pilar Alguacil Marí
_b
260 _c2017
500 _aDisponible en formato electrónico a través de la Biblioteca del IEF.
500 _aResumen.
520 _aEl Real Decreto-Ley 2/2016, de 30 de septiembre modificó el régimen de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, para las sociedades que no puedan calificarse de Empresas de Reducida Dimensión. Dicho régimen supone un aumento del importe de dichos pagos fraccionados, y para el cálculo del mencionado importe mínimo se han tenido en cuenta parámetros distintos a los regulados en la base imponible del impuesto definitivo. Con el presente trabajo se intenta dilucidar si se han cumplido con dicha normativa las exigencias del principio de capacidad económica contemplado en el art. 31.1 de la Constitución española. Para ello se toma como base de análisis la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, sobre el principio de capacidad económica en general, así como sobre su aplicación a los “pagos a cuenta” del tributo, en particular. Se estudia asimismo la evolución y el estado actual de la doctrina científica sobre la cuestión, lo que permite contar con todos los elementos argumentativos necesarios para poder aplicar el test de constitucionalidad a la regulación realizada por el Decreto Ley referenciado
650 4 _aIMPUESTO DE SOCIEDADES
_945680
650 4 _aPAGOS FRACCIONADOS
_947930
650 4 _aPRINCIPIO DE CAPACIDAD ECONOMICA
_948119
650 4 _aESPAÑA
_941092
773 0 _tRevista española de derecho financiero
_w21107
_gn. 176, Octubre-Diciembre 2017, p. 17-58
942 _cART
_2udc
942 _2udc
999 _c137391
_d137391