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003 IEF
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008 171010s2017 ESP|| #####0 b|SPA|u
040 _aIEF
041 _aSPA
100 1 _aIbáñez García, Isaac
_922155
245 _aEl " suministro inmediato de información " en el IVA, a la luz de la normativa de la Unión Europea y de los principios de buena regulación
_c Isaac Ibáñez García
260 _c2017
500 _aDisponible en formato electrónico a través de la Biblioteca del Instituto del Estudios Fiscales. Resumen. Bibliografía.
650 4 _aIMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
_950141
650 4 _aINTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA
_947499
650 4 _aUNION EUROPEA
_948644
520 _aLa política legislativa de la Comisión Europea persigue la normalización de las obligaciones formales en el IVA, insistiendo en la idea de una declaración de IVA normalizada, consciente de que es necesario facilitar la vida a las empresas y mejorar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Esta intención es coincidente con los principios de buena regulación establecidos en la legislación europea y española, que exigen que las iniciativas legislativas y reglamentarias se adecúen a los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad.El denominado .Suministro Inmediato de Información. (SII), que no tiene parangón en ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea, lejos de constituir una reducción sustantiva de las cargas administrativas, como esgrime la propagandaoficial, está ausente .como ha advertido el Consejo de Estado- de una justificación precisa en relación al objetivo de persecución del fraude fiscal. El SII, como se expone en el presente estudio, va más allá de lo necesario para perseguirel fraude fiscal; pues existen medidas menos agresivas y gravosas para conciliar dicho objetivo .obviamente legítimo- con el de no perturbar la vida de las empresas, haciéndolas incurrir en trámites complicados, caros y engorrosos.
650 4 _946896
_aINFORMACION TRIBUTARIA
773 0 _tRevista Quincena Fiscal
_w90030
_gn. 15-16, Septiembre 2017, p. 19-40
942 _cART
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